✍️ ¿Alquilar en dólares o en pesos? La decisión que puede salvar (o complicar) tu bolsillo

Alquilar ya no es solo elegir un techo: es apostar contra la inflación, el tipo de cambio y tu propia tranquilidad financiera

Elegir la moneda del alquiler ya no es un detalle técnico: es una jugada económica que puede darte calma o, literalmente, robarte el sueño durante todo el contrato.

Elegir la moneda del alquiler ya no es un detalle técnico: es una jugada económica que puede darte calma o, literalmente, robarte el sueño durante todo el contrato.

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Desde la derogación de la Ley de Alquileres, el tablero cambió. Las reglas ya no vienen tan masticadas. Ahora manda, en gran medida, el Código Civil y Comercial y, sobre todo, la autonomía de las partes. Más libertad, sí. Pero también más responsabilidad y más dudas.

Porque alquilar en dólares puede sonar a refugio. Y alquilar en pesos, a previsibilidad. Aunque nada es tan lineal. Vamos por partes.




El nuevo marco legal: qué cambió tras la derogación de la Ley de Alquileres

Con la Ley de Alquileres fuera de juego, el contrato de locación vuelve a apoyarse casi por completo en el Código Civil y Comercial de la Nación. El corazón del sistema es la autonomía de la voluntad, consagrada en el artículo 958, que habilita a las partes a fijar libremente las condiciones del contrato, siempre que no violen la ley ni el orden público.

En términos prácticos, hoy se puede:

▪️ Pactar alquileres en pesos o en dólares.
▪️ Acordar plazos contractuales flexibles.
▪️ Definir métodos de actualización sin índices obligatorios.

La ley ya no decide por vos. Decide el acuerdo. Y eso cambia todo.


Dólares sí, pero no para todo: dónde se usan realmente

Aunque muchos avisos generen la sensación de que “todo está en dólares”, en la práctica el alquiler en moneda extranjera no es la regla general, sino una modalidad asociada a segmentos muy específicos.

🔹 Alquileres temporarios

Son el caso más frecuente. Departamentos amoblados, contratos cortos, estadías de meses. Acá el dólar funciona como lenguaje común, especialmente cuando el público es extranjero o el uso no es permanente.

🔹 Alquileres comerciales particulares

Locales estratégicos, oficinas premium, espacios vinculados a actividades dolarizadas. En estos casos, la lógica es empresarial: el ingreso del inquilino suele acompañar esa moneda.

🔹 Viviendas residenciales premium

Propiedades de alto valor, ubicaciones exclusivas, amenities, estándares internacionales. No es solo una cuestión económica: es una señal de posicionamiento.

En cambio, para el alquiler tradicional de vivienda familiar, el peso sigue siendo el idioma dominante.

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Qué dice el CCyC sobre alquilar en dólares (y por qué es clave entenderlo)

El Código Civil y Comercial no prohíbe ni desalienta el uso del dólar. Todo lo contrario.

▪️ El artículo 765 reconoce que las obligaciones pueden pactarse en moneda extranjera.
▪️ El artículo 766 refuerza que, si se pacta una moneda específica, debe cumplirse en esa moneda.

En concreto: si firmaste en dólares, el contrato es válido y exigible.

Esto explica por qué, tras la derogación de la Ley de Alquileres, muchos contratos volvieron a esa modalidad, especialmente en los segmentos mencionados.




Actualizaciones en dólares: las dos fórmulas más habituales

Uno de los puntos más sensibles del contrato no es solo la moneda, sino cómo se actualiza el precio. En alquileres en dólares, hoy se observan dos esquemas principales, ambos legales bajo el CCyC.

🔹 Actualización anual por porcentaje fijo

Se pacta un aumento en un porcentaje fijo anual en dólares. Es simple, previsible y fácil de calcular. Da cierta estabilidad emocional, aunque puede quedar desfasado según la evolución del tipo de cambio.

🔹 Actualización por inflación del país emisor (EE.UU.)

Se utiliza como referencia el índice de inflación estadounidense (CPI). Es un mecanismo más técnico, habitual en contratos premium o comerciales, que busca preservar el valor real del ingreso en dólares.

Ambos esquemas son válidos y negociables. La clave está en que estén claramente redactados.


Alquilar en dólares: estabilidad aparente, tensión real

El dólar transmite una sensación de solidez. Es casi cultural. Para el propietario, representa previsibilidad. Para el inquilino, puede ser un arma de doble filo.

Si tus ingresos están dolarizados o tenés respaldo en esa moneda, el alquiler en dólares puede resultar lógico. Incluso cómodo. Pero si cobrás en pesos, cada mes se transforma en un ejercicio de equilibrio.

No es solo matemática. Es desgaste emocional. Vivir pendiente del tipo de cambio no es gratis.

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Alquilar en pesos: el idioma cotidiano del ingreso

El alquiler en pesos sigue siendo el formato más extendido para vivienda permanente. Tiene algo tranquilizador: coincide con el salario, con los gastos diarios, con la vida real.

Eso sí, tras la derogación de la ley, los ajustes ya no están atados a un índice obligatorio. El artículo 1133 del CCyC permite que el precio y su actualización sean determinados por acuerdo de partes.

Resultado:

▪️ Ajustes más frecuentes.
▪️ Negociaciones más directas.
▪️ Contratos más “a medida”.




¿Qué conviene hoy? Depende más de vos que del mercado

No es una frase hecha. De verdad depende de tu situación:

¿Cobrás en dólares o pesos?
¿Tenés ahorros que amortigüen saltos cambiarios?
¿Preferís estabilidad emocional o apostar a largo plazo?

Alquilar en dólares puede ser una coraza. Alquilar en pesos, un colchón. Ninguno es infalible.

La clave está en alinear el contrato con tu realidad, no con el deseo ajeno ni con el miedo colectivo.


Cerrar con los ojos abiertos (y el contrato leído)

Hoy, alquilar es un acto más consciente. Menos automático. Más humano. Implica sentarse, preguntar, negociar. Y entender que la moneda no es solo un número: es una experiencia mensual.

El CCyC ofrece el marco. La libertad está. Pero la decisión final es tuya. Y conviene tomarla con información, algo de intuición y bastante honestidad con uno mismo.




Preguntas Frecuentes



¿Es legal alquilar en dólares en Argentina?

Sí. El CCyC permite pactar la moneda del contrato, incluida la extranjera (arts. 765 y 766).

¿Pueden obligarme a pagar en dólares billete?

Si el contrato lo establece claramente, sí. Por eso es clave leer la cláusula de moneda.

¿Qué pasa si no puedo pagar el alquiler en dólares?

Depende del contrato. Podría haber mora o rescisión. Conviene prever alternativas antes de firmar.

¿Los alquileres en pesos pueden ajustarse libremente?

Sí. Tras la derogación de la Ley de Alquileres, las partes pueden acordar el mecanismo de ajuste.

¿Qué es más conveniente en contextos inflacionarios?

No hay una única respuesta. Depende de tus ingresos, ahorros y tolerancia al riesgo.