¿Tenés un inmueble propio? Ojo: no siempre podés venderlo sin permiso

Aunque seas el único titular, si están casados y viven ahí, la decisión no es solo tuya. Acá te contamos por qué

¿Tenés un inmueble propio Ojo no siempre podés venderlo sin permiso - facundopolo.com

¿Tenés un inmueble propio y pensás venderlo? Si estás casado y esa propiedad es donde viven con tu pareja o tu familia, no podés decidir solo. Aunque seas el único titular, la ley protege el hogar conyugal y exige que tu cónyuge también esté de acuerdo.

En esta nota te contamos qué es el asentimiento conyugal, cuándo se necesita, qué pasa si lo omitís y cómo evitar problemas legales antes de firmar.

Bien propio no siempre es sinónimo de libertad total

Vos pensás: “La escritura está a mi nombre, el departamento es mío… lo vendo cuando quiero”. Suena lógico, ¿no? Pero la ley no siempre lo ve igual.

Porque si estás casado, y ese inmueble es el lugar donde viven juntos, la historia cambia. Y bastante.

Hay una regla que mucha gente desconoce hasta que ya es tarde: el asentimiento conyugal. Una suerte de “permiso legal” que puede frenar una venta, aunque seas el único dueño.

¿Qué es el asentimiento conyugal y cuándo se necesita?

Es la autorización que tenés que pedirle a tu cónyuge si querés vender, donar, hipotecar o hacer algo similar con ciertos bienes, como tu casa (Art. 456 CCyC). Sí, incluso si el inmueble es solo tuyo.

¿Por qué? Porque la ley protege algo más que la propiedad: protege el hogar.

● Si ese lugar es la vivienda familiar, no podés avanzar solo.
● Y el asentimiento no es un “okey” de palabra: tiene que constar por escritura pública.

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¿Vivís ahí con tu pareja y/o tus hijos? Entonces ya sabés la respuesta

No importa si heredaste el inmueble, lo compraste antes de casarte o si está 100% a tu nombre. Si en esa casa o departamento viven juntos, necesitás el asentimiento del otro cónyuge.

La lógica es simple: el hogar no se toca sin acuerdo. La ley quiere evitar que una persona se quede en la calle de un día para el otro, sin siquiera haber sido consultada.

Pongámosle nombre:

Imaginá que Laura hereda una casa de su abuela. Se casa con Fabián y hacen de ese lugar su hogar. Años después, Laura decide venderla. ¿Puede hacerlo sola?
No. Aunque la casa sea suya, necesita el asentimiento de Fabián.

“Pero tenemos hijos chicos… ¿eso cambia algo?”

Buena pregunta. Mucha gente cree que tener hijos menores complica todo. Y en parte, sí. Pero no tanto como se piensa.

Si los hijos no tienen derechos sobre el inmueble (por ejemplo, si no lo heredaron), y no se ven directamente afectados en su patrimonio, no hace falta autorización judicial solo por su existencia.

Ahora bien, si el inmueble es la vivienda familiar y allí viven los hijos, volvemos a lo mismo: el asentimiento del otro cónyuge sigue siendo obligatorio.

Además, si la familia se muda y la propiedad queda vacía, podría dejar de ser “hogar conyugal”... pero eso depende de cada caso y debe estar claro.


¿Y si tenemos separación de bienes? ¿Eso me da más libertad?

No tanto como parece.

Aunque estén casados bajo el régimen de separación de bienes, donde cada uno maneja lo suyo (Art. 446 CCyC), la vivienda familiar sigue protegida.

Es decir: podés tener tu propio patrimonio, tus cuentas, tu auto… pero si el lugar donde viven juntos es tuyo, no lo podés vender sin el asentimiento del otro. Porque ahí vive la familia. Y eso está por encima del régimen económico.

¿Qué pasa si vendo igual, sin avisar ni pedir permiso?

Puede parecer tentador avanzar sin el consentimiento. Pero no es una buena idea.

La venta, en ese caso, puede ser anulada judicialmente. El cónyuge que quedó afuera de la operación tiene derecho a reclamar. Y si lo hace dentro del plazo que marca la ley, la operación se cae (Art. 457 CCyC).

Plazos clave:

● Tiene hasta 6 meses, desde que se enteró de la operación para impugnarla.
● O, como máximo, 1 año desde que se inscribió en el registro de propiedad.

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Me separé… ¿ya no necesito asentimiento?

Depende.

▶️ Si ya tienen una sentencia de divorcio (y no hay hijos ni un juez asignó el uso del inmueble a alguien) el asentimiento deja de ser necesario.

▶️ Pero si solo están separados de hecho, sin intervención judicial, la protección del hogar conyugal sigue vigente. Y eso significa que todavía necesitás el permiso para disponer del bien.

En resumen. Si es tu casa y vivís ahí con tu pareja, no podés vender sin su aval

La propiedad puede estar a tu nombre, sí. Pero si es el hogar de tu familia, la ley exige que tu cónyuge también diga “sí”.

Antes de firmar una escritura o publicar la venta, asegurate de:

✅ Ver si el inmueble es la vivienda familiar.
✅ Consultar el tema con un profesional.
✅ Obtener el asentimiento por escritura pública (si corresponde).

Es un paso más, pero te evita dolores de cabeza legales, reclamos y anulaciones que pueden costarte mucho más caro después.




Preguntas Frecuentes

¿Puedo vender mi casa heredada si vivimos ahí con mi pareja?

No. Necesitás su asentimiento.

¿Qué pasa si vendo sin el asentimiento?

El acto puede ser anulado. El otro cónyuge puede impugnarlo judicialmente.

¿Y si estamos casados con separación de bienes?

Tampoco podés vender sin permiso si es la vivienda familiar.

¿Tener hijos menores me impide vender?

No por sí solo. Solo si afecta directamente sus derechos o el inmueble les pertenece.

¿El asentimiento puede ser verbal o en un papel común?

No. Tiene que ser por escritura pública, igual que el acto que vas a hacer.